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ACELERANDO EL TIEMPO EXTRAORDINARIO DE JUSTICIA DEL SEÑOR

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ACELERANDO EL TIEMPO EXTRAORDINARIO DE JUSTICIA DEL SEÑOR

I.- DÍAS HÁBILES, INHÁBILES, CAUSA URGENTE (MOTIVOS).

Cuando se analizan documentos y textos legales y judiciales, es muy frecuente ver la reseña en los mismos de días y horas hábiles. Sin embargo, no siempre se tiene muy claro cuando un día se considera hábil a efectos judiciales y hasta qué hora.

En este sentido, la ley define los días hábiles indicando cuáles son los inhábiles.

La norma señala que de oficio, o a instancia de parte, los tribunales pueden habilitar días y horas inhábiles, si bien debe existir una causa urgente que así lo exija.

Entonces, podemos concluir que el tribunal puede convertir los días inhábiles, en días hábiles y horas hábiles, pero por causa urgente. La pregunta lógica es, ¿Qué se considera urgencia?

La legislación actual lo explica. Señala que se considerarán urgentes las actuaciones del tribunal cuya demora pueda causar grave perjuicio a los interesados o a la buena administración de justicia, o provocar la ineficacia de una resolución judicial.

II.- TIEMPO PARA INTERPONER LA DEMANDA (IMPORTUNIDAD/REDIMIR).

¿Ahora bien, que sucede cuando una demanda ante la Corte Celestial se interpone luego de muchos años de inacción (importunidad)?

Se procede a interponerla, pidiendo perdón al Señor para que redima nuestro tiempo.

¿Qué es redimir según la biblia? La palabra redimir viene del griego “exagorazo”: significa comprar, rescatar, aprovechar. La palabra tiempo viene del griego “kairos”: El tiempo de Dios, oportunidad o sazón. "redimir nuestro tiempo":

rescatar el tiempo perdido por medio de aprovechar las nuevas oportunidades que Dios nos da.

En cuanto a la Importunidad, es menester entender que aún cuando la demanda no se haya colocado en tiempo oportuno, en Lucas 11: 1-13, el Señor nos demanda a pedir, buscar y llamar, pues su Espíritu Santo está dispuesto a darnos más de lo que le pidamos, así que, se hace necesario no limitar el Señor y al solicitarle que redima nuestro tiempo, afirmar nuestro petitorio y dejar una cláusula abierta, donde le demos la libertad al Espíritu Santo de darnos mucho más de lo que estamos pidiendo si es necesario.

III. SOLICITAR QUE SE MANIFIESTE LA JUSTCIA DE DIOS POR CAUSA URGENTE (ACELERACIÓN/RESTITUCIÓN).

Perdonada nuestra inacción y redimido nuestro tiempo, es necesario pedir al Señor, basados en la legalidad de su palabra, como la demanda se escribió, se leyó y se interpuso, que se acelere la impartición de su justicia en las Naciones de la Tierra y en nuestra Nación, (HABACUC 2:2-3 JESÚS RESPONDE A HABACUC y AMÓS 9:13-15 RESTAURACIÓN FUTURA DE ISRAEL ), ya que la demora en la impartición de su justicia pueda causar grave perjuicio a los habitantes de las naciones (interesados/demandantes).

También es necesario insistir en la restitución por la redención del tiempo, basados en la legalidad de la Santa Palabra del Señor, para que se derrame su espíritu sobre toda carne, se desate la salvación y comience el Gran Avivamiento en las Naciones de la Tierra (JOEL 2 23-32)

Establecidas todas estas cosas, tenemos entonces, la garantía en Nuestro Señor, que Él mantiene nuestro derecho y nuestra causa, y sentado en su trono juzga con justicia (SALMO 9:4), porque Dios no torcerá el derecho ni pervertirá la Justicia (JOB 8:3).

Seremos llamados árboles de Justicia, plantío de Jehová, para su gloria. (ISAÍAS 61:3)

Amén, amén y amén

 

APÓSTOL ELBA VALLEJOS DE ÁVILA
APÓSTOL ELBA VALLEJOS DE ÁVILA

Apóstol Elba de Ávila Nacida en 1961 en Argentina.  Esposa del Apóstol Guido Raúl Ávi...

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